Direccion General de Proteccion al Colono

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Consejería Jurídica

¿Qué es la Asamblea?

Es el órgano máximo de decisión de un condominio, integrado por la mayoría de los condóminos, en el que se resolverán los asuntos de interés común respecto al condominio.
 

Serán de dos tipos:

 
Generales y extraordinarias y podrán celebrarse cuantas veces sean convocadas conforme a la Ley que Regula el Régimen de Propiedad en Condominio en el Estado de México.
 
La convocatoria deberá realizarse con 10 días de anticipación para asambleas generales y 5 para asambleas extraordinarias.
 
Para declarar válida una Asamblea deberá contarse con la asistencia de más del 50% de los condóminos.
 
Cada condómino gozará de un voto y la votación será personal, nominal y directa.
 
Las resoluciones de la asamblea, se tomarán por mayoría simple de los condóminos, cuando asita el 50% más uno de los condóminos o de sus representantes, salvo en los casos en los que el Reglamento Interior determine una mayoría especial.
 
Las determinaciones y acuerdos tomados por la Asamblea obligan a todos los condóminos incluyendo a los ausentes y disconformes.