Direccion General de Proteccion al Colono

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Consejería Jurídica

Procedimiento de Mediación y Conciliación

Es todo procedimiento no jurisdiccional para la prevención o solución de un conflicto al que pueden recurrir voluntariamente las partes involucradas, con objeto de llegar a un acuerdo satisfactorio, equitativo y justo.

De acuerdo a las reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicadas en el Diario Oficial de la Federación, el 18 de junio de 2008, el sistema legal del Estado de México, debe contemplar los mecanismos alternativos de solución de controversias.

Razón por la que la legislación estatal regula un sistema dual de justicia alternativa y restaurativa que promuevan eficazmente la solución de las controversias y, al mismo tiempo, fomenten la cultura de la paz, del perdón y de la restauración de las relaciones interpersonales y sociales.

Todos los habitantes del Estado de México, tienen derecho a recurrir al diálogo, negociación, mediación, conciliación y justicia restaurativa para la solución de sus conflictos. Tratándose de pueblos indígenas, las instancias competentes deberán proveer lo necesario para garantizar a este sector de la población, dichos medios y derechos, en respeto a sus usos y costumbres.